
EL GOBIERNO DE DATOS – UNA MIRADA ESTRATÉGICA
2 diciembre, 2025En el marco de la Resolución 99/2023, el año 2026 representa un hito de cumplimiento normativo donde convergen obligaciones de carácter anual y bienal. Para aquellas Cooperativas y Mutuales a registrarse como Sujetos Obligados, a precisión en el encuadre legal no es solo un requerimiento administrativo, sino una salvaguarda esencial para su continuidad operativa y seguridad jurídica.
A continuación, detallamos una guía de cumplimiento que su entidad debe seguir según su actividad específica.
- ¿Su entidad debe estar registrada como Sujeto Obligado frente a la UIF?
No todas las instituciones del sector poseen las mismas responsabilidades. Bajo la normativa vigente, su Cooperativa o Mutual se encuentra bajo la órbita de control de la UIF si realiza las siguientes actividades:
- COOPERATIVAS: Aquellas autorizadas a prestar servicios de crédito o que ofrezcan servicios de gestión de préstamos.
- MUTUALES: Que posean autorización para el servicio de Ayuda Económica Mutual (ya sea con capital propio o mediante fondos de asociados) o que ofrezcan gestión de préstamos.
- Segmentación de Obligaciones: Obligación Anual vs. Bienal
La Resolución UIF 99/2023 establece dos grupos de control según el riesgo y la naturaleza de los fondos. Es fundamental identificar en cuál se encuentra su institución para determinar el alcance de sus informes en 2026:
GRUPO A: Bienal (Períodos 2024-2025)
- Perfil de la entidad: Mutuales y Cooperativas que ofrecen únicamente el servicio de gestión de préstamos, o préstamos personales con recursos propios y cobro por deducción de haberes.
- Obligación en 2026: Deben presentar la documentación acumulada de los últimos dos años (2024 y 2025).
- Informes requeridos: Autoevaluación de Riesgos (vence 30 de abril de 2026) e Informe del Revisor Externo Independiente (vence 28 de agosto de 2026) abarcando ambos períodos juntos.
GRUPO B: Control Anual (Ciclo 2025)
- Perfil de la entidad: Cooperativas de Crédito y Mutuales que brindan Ayuda Económica Mutual (con captación de ahorro) o que combinan dicha ayuda con la gestión de préstamos.
- Obligación en 2026: Presentar los informes correspondientes únicamente al ejercicio 2025 (el 2024 debió reportarse en 2025).
- Informes requeridos: Autoevaluación de Riesgos (30 de abril de 2026) e Informe del Revisor Externo Independiente (28 de agosto de 2026), ejercicio 2025.
- El Cronograma de Vencimientos 2026
El incumplimiento de estos plazos expone a la entidad a sanciones severas y riesgos reputacionales. Marque estas fechas en su agenda corporativa:
| Fecha Límite | Obligación | Alcance |
| 30 de Abril | Informe Técnico de Autoevaluación | Presentación obligatoria para Grupos A y B. Es la declaración de la metodología y tolerancia al riesgo. |
| 28 de Agosto | Informe del Revisor Externo (REI) | Validación externa obligatoria (120 días posteriores al vencimiento de la autoevaluación). |
| 15 de Marzo | RSA (Reporte Sistemático Anual) | Información estadística sobre estructura y operatoria del año 2025. |
| Día 15 | RMT (Reporte Mensual de Transacciones) | Reporte de operaciones (o reporte «sin movimiento») del mes inmediato anterior. |
- Obligaciones de Gestión y Capacitación
Además de los informes técnicos, la normativa exige mantener una estructura de cumplimiento activa durante todo el año:
- Capacitación Anual: Durante el transcurso de 2026, es obligatorio que todo el personal, desde la alta gerencia hasta los mandos operativos, reciba formación específica en Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (PLA/FT).
- Reporte Mensual (RMT): Recordamos que la falta de operaciones no exime del reporte; en ese caso, se debe presentar el reporte de «Sin Movimientos».
Recomendación:
La Resolución 99/2023 requiere un abordaje profesional:
- Auditoría Previa: Verifique hoy mismo bajo qué grupo (Anual o Bienal) debe reportar su entidad.
- Anticipación de la Revisión: El Informe del Revisor Externo (REI) requiere una validación técnica profunda para cumplir con la RG UIF 67/2017.
En Assesorum contamos con profesionales matriculados y habilitados en el Registro de la UIF.




